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Rollo Jurisdiccional

El Rollo de Aguilar de Campos de finales del siglo XV está situado en la Plaza Mayor o Plaza del Mercado junto a la que se debió llamar la Puerta del Azogue, que es la que permitía conectar la Villa nueva de Aguilar con la zona amurallada del Castillo. 

 

Consta de una grada de 6 escaleras y tres cuerpos bien diferenciados: uno hexagonal rematado con un relieve de bolas, el segundo cilíndrico culminado con una especie de gárgolas  con argollas ya desgastadas, y el tercero, con forma de cono y bolas a su alrededor y una gran bola cerrando la construcción. Es uno de los mejores conservados de toda la provincia de Valladolid.

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Es un monumento típicamente castellano que se usaba como picota;  representa la justicia medieval que aplicaban los señores durante el Antiguo Régimen. En el caso de Aguilar de Campos fueron los Almirantes de Castilla, bajo cuyo señorío se levantó este rollo jurisdiccional. Servían de poste de ejecución y para exhibición y escarnio público del delincuente o sus miembros (orejas, manos, cabezas, miembros despedazados). En las argollas se ataba una cuerda y se exponía al reo en la picota para vergüenza pública

 

En 1812, la Constitución de Cádiz pone fin al poder jurisdiccional que tenían los señores contra sus vasallos. El poder judicial lo asumirá entonces el Estado y se elimina la tortura y la horca como modo de ejecución de la pena capital.

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En 1813, al perder su finalidad, un Decreto ordena demoler los Rollos de justicia. Pero dicha orden no se cumplió para todos. Algunos fueron convertidos en fuentes; otros se movieron de sitio para que sirvieran de cruces de caminos o cruceros;  otros sirvieron de peana sobre la que apoyaron una imagen religiosa, pasando a tener un significado totalmente distinto. En algunos pueblos como Aguilar se incorporó una placa o una leyenda de reconocimiento al nuevo sistema político, como es la referencia a la Constitución. Aun se puede leer aunque con dificultad “PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN”. Al hacer este grabado se evitó la demolición del Rollo porque se reconocía que el monumento se sometía al nuevo orden político.

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Más adelante, los Rollos de justicia se empiezan a proteger como lo que son, un monumento histórico El 14 de marzo de 1963 se publica un Decreto para regular la vigilancia y conservación de los escudos, emblemas, rollos de justicia, y demás piedras similares de interés histórico artístico.

 

Así el 5 de octubre de 1979 el Ministerio de Cultura declaró la Iglesia de San Andrés y el Rollo adyacente de Aguilar de Campos como “Monumento histórico-artístico de carácter nacional”. Más tarde, la Junta de Castilla y León publica el 8 de abril de 2009 la Declaración del Bien de Interés Cultural de San Andrés en la categoría de Monumento, de la que forma parte el Rollo.

 

Es un orgullo poder contar con el Rollo en Aguilar dentro del Patrimonio de Castilla y León.

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